Con un fallo que sienta jurisprudencia, la Corte anuló la intervención del Sindicato de Seguridad y dejó a Triaca y a Sica plausibles de ser denunciados por la intromisión en la institución

(Por Jorge Duarte @ludistas) Se trata del primer fallo de la Corte Suprema de Justicia respecto de las más de una decena de intervenciones a sindicatos durante el macrismo. Anula lo actuado por el Ministerio de Trabajo, vuelve todo a la etapa inicial y deja a los ex ministros Jorge Triaca y Dante Sica, como a los interventores, plausibles de ser llevados a la justicia por el daño que le produjeron a la institución.

En un fallo con fecha de ayer, 4 de abril, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció respecto de lo que fue la extensa intervención a la Unión del Personal de Seguridad (Upsra) durante el macrismo. Es la primera determinación del máximo tribunal respecto del accionar del Ministerio de Trabajo en esa época.

Los cortesanos sostuvieron que no había una situación de acefalía probada en la organización que por entonces comandaba Angel García, quien encaró la denuncia que ahora se resuelve, y que provocó el derrotero de interventores dispuestos por el Ministerio de Trabajo de la Nación.

Es más, el texto acusa al ministerio de Trabajo de la Nación, que por entonces estaba bajo las órdenes de Jorge Triaca, de incurrir en un «exceso» que «porque no se limitó, como era menester en una eventual situación de acefalía, a designar un delegado electoral» sino que «nombró a un ‘delegado normalizador’, con las ‘facultades administrativas y ejecutivas de los órganos de conducción de la entidad'».

#EXCLUSIVO Con un fallo que sienta jurisprudencia, la Corte anuló la intervención del Sindicato de Seguridad y dejó a Triaca plausible de ser  denunciado por su intromisión ilegal en la institución

En el fallo, adicionalmente, la Corte reafirma los principios de libertad sindical consagrados por los tratados internacionales y condena la intromisión en la vida institucional de la organizaciones gremial.

«Todo tiene que volver al estado anterior a la intervención. Todos los accionares dispuestos por el Ministerio la Corte los considera ilegales y sujetos a revisión», explicó un jurista a InfoGremiales.

«Esto abre una serie de implicancias importantes. Puede ocurrir que se decida hacerle juicio a los ex ministros Jorge Triaca y Dante Sica, y también a los interventores que pasaron por la institución, Rodolfo Alonso, Patricio Lombilla y otros», agregan.

La UPSRA es una de las más de una decenas de organizaciones sindicales en las que el Gobierno de Macri puso su pie y en las que se descubrieron irregularidades varias con las contrataciones de personal y de servicios. Incluso en su momento circuló un video grabado con una cámara oculta en el que el entorno de Triaca se repartía fajos de billetes.

Vale recordar que es la segunda vez que la Corte le llama la atención a Triaca. Ya en agosto de 2018 un fallo para dirimir la competencia entre la Justicia Penal y la Justicia Laboral resultó ser un reto al exministro por su intromisión en la Upsra .

«En función de la competencia material, resulta indudable que la materia implicada en el recurso directo deducido por el sindicato actor es exclusiva del fuero nacional del trabajo», indicaron los cortesanos en uno de sus cinco puntos.

Lo firmaron los jueces Juan Carlos Maqueda , Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. Lo que sucedió en la Upsra fue que el juez penal que intervino en el caso (Ariel Lijo) llamó a elecciones a partir de la solicitud del delegado normalizador, que fue ubicado en el cargo por Triaca. Lo que la Corte advierte es que esa definición debería haber sido tomada por la Cámara de Apelaciones del Trabajo.

En concreto la Corte determinó, en aquel momento, que las cuestiones sindicales en las que el Ministerio de Trabajo interfiere en el ejercicio de la libertad sindical se deben dirimir en la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

GARCIA-53147-17-SENTENCIA-4.3.23