El RENATRE amplía cobertura de la Prestación por Desempleo a más trabajadores rurales

El Cuerpo Directivo del RENATRE (Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores) a través de la Resolución N° 13 del año 2021 resolvió dejar sin efecto la incompatibilidad de la Prestación por Desempleo con prestaciones contributivas, no contributivas o asistenciales del ámbito municipal, provincial o nacional.

“Esta resolución es muy importante porque viene a subsanar un impedimento que se generaba cuando un trabajador rural desempleado poseía algún plan social y quería obtener la Prestación por Desempleo del RENATRE, se le impedía. Ahora cualquier trabajador rural podrá obtener la prestación del Registro, tenga o no cualquier otro plan social”, afirmó el Presidente del Registro, José Voytenco.

Por su parte, el Director del RENATRE, Marco Giraudo indicó: “en un año tan duro para todos los trabajadores rurales, poder acompañar ampliando la cobertura de la Prestación por Desempleo nos genera un gran orgullo y nos compromete a seguir trabajando fuertemente en beneficio de toda la familia rural”.

El Sistema de Prestación por Desempleo es autónomo dentro de lo que es la seguridad social rural, por esto el Registro puede modificar la forma y las condiciones en las que otorga las prestaciones.

“El Registro se encuentra permanentemente en la búsqueda de herramientas que favorezcan las condiciones sociales de los trabajadores y sobre todo ampliar el campo de cobertura del seguro social para el trabajador rural”, aseguró el Gerente del Seguro Social Rural del RENATRE, Alberto Brondo.

A través de la Resolución 13/21, aprobada por el Consejo Directivo, el RENATRE deja sin efecto el artículo 6° del Anexo I de la Resolución RENATRE N° 68/17.

El subsidio por desempleo contempla, además de la prestación económica, la cobertura médico-asistencial, el cobro de las asignaciones familiares, y capacitaciones que garanticen la reinserción laboral para todos los trabajadores rurales alcanzados por este seguro social. En el RENATRE se podrán gestionar las prestaciones por desempleo del Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo instituidas en la Ley Nº 25.191 para todos los trabajadores rurales desempleados.