El Ministerio de Trabajo Bonaerense le solicitó información a los 135 municipios para poner en funcionamiento el Consejo de Empleo Municipal

El ministerio de Trabajo le requirió a las intendencias de la provincia de Buenos Aires que aporten datos neurálgicos para su funcionamiento. El Consejo de Empleo Municipal debería fijar remuneraciones mínimas para los empleados municipales.

El día 17 de octubre el Ministerio de Trabajo Bonaerense envió comunicaciones a las 135 Intendencias de la provincia de Buenos Aires. En ellas le solicitó que aporten información neurálgica y sensible para poner en funcionamiento el Consejo de Empleo Municipal.

Esto se da en el marco de los arts. 49 y 51 de la Ley 14.656 referidos a la conformación del Consejo del Empleo Municipal, y la RESO-2026 -183-GDEBA-MTGP de fecha 10 agosto del 2026, firmada por el Ministro Walter Correa, que regula la Instrumentación del régimen de convocatoria, constitución y funcionamiento del Consejo de Empleo Municipal.

«Se solicitó a los Ejecutivos municipales que, antes del 31 de diciembre del corriente año, aporten datos relacionados a la representación de los trabajadores afiliados y de las asociaciones sindicales actuantes en sus respectivas jurisdicciones (art. 10 de la citada Resolución)», especificaron.

El Ministerio de Trabajo Bonaerense le solicitó información a los 135 municipios para poner en funcionamiento el Consejo de Empleo Municipal

El Consejo de Empleo Municipal se creó por la Ley 14.656: Sancionada en 2014 e impulsada por el entonces legislador Hernán Doval, hoy titular de los municipales bonaerenses, y prevé la creación de este espacio de diálogo entre empleadores y trabajadores del ámbito municipal bonaerense.

Según el Art 49 de la 4.656 se trata de un «órgano consultivo y asesor de carácter no vinculante, que podrá reunirse dos veces al año. La primera reunión deberá ser durante el primer trimestre de cada año y será aplicable a los Municipios de la Provincia que lo requieran, y a los trabajadores que en ellas se desempeñan, con los alcances y facultades que le acuerda la presente ley».