La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) y las cámaras empresarias del sector alcanzaron un acuerdo que establece incrementos salariales para los meses de junio, julio y agosto, aplicable a los trabajadores comprendidos en los convenios colectivos 103/75, 108/75, 122/75 y 743/16.
El acuerdo establece aumentos acumulativos sobre los sueldos básicos de convenio con la siguiente progresión: 3,7% en junio, 2% en julio y 1,6% en agosto de 2026. Cada tramo se aplica sobre los valores ya actualizados del período anterior. Además, se incorpora una asignación no remunerativa mensual de $90.000 en junio, $90.000 en julio y $80.000 en agosto.
Un punto de especial atención para la liquidación de haberes es que, a partir de agosto de 2026, se incorporan $12.000 al salario básico de la categoría más baja, proporcionalizándose al resto de las categorías del convenio. Este importe absorbe $10.000 de la suma no remunerativa correspondiente a ese mes, lo que modifica la estructura salarial y requiere un tratamiento diferenciado en la liquidación de agosto respecto de los meses anteriores.
El acuerdo beneficia a los trabajadores de los siguientes convenios colectivos:
- CCT 103/75: Hospitales de comunidad
- CCT 108/75: Centros de diagnóstico y tratamiento sin internación
- CCT 122/75: Clínicas, sanatorios, institutos con internación, geriátricos y neuropsiquiátricos
- CCT 743/16: Atención, Cuidado e Internación Domiciliaria
Este entendimiento se suma a los acuerdos previos alcanzados para otras ramas del sector, como Droguerías y Laboratorios, bajo los convenios 120/75 y 42/89, donde también se definieron escalas salariales actualizadas.
La correcta liquidación de los haberes requerirá diferenciar claramente entre el básico de convenio actualizado, la asignación no remunerativa, los adicionales convencionales y los cambios que se incorporan desde agosto, atendiendo al convenio colectivo aplicable y la escala salarial correspondiente.
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