Presentan un proyecto de Ley para que el personal de salud perciba una jubilación del 82 por ciento móvil

El presidente de la comisión de Legislación General, Lucas Godoy (FdT), presentó un proyecto de ley para que el personal de salud perciba una jubilación con el 82 por ciento móvil de los sueldos que cobraba cuando se encontraba en actividad, siempre que tenga los 30 años de aportes.

El legislador oficialista impulsa esta iniciativa para equiparar el régimen jubilatorio de los empleados de la salud con los docentes, jueces, personal de Cancillería, y científicos, entre otros.

Para acceder a este sistema previsional, los trabajadores de la Salud deben tener 60 años las mujeres y 65 años los hombres, 30 años de aportes, de los cuales 15 deben haber sido dentro del sistema público de salud dependiente del Sistema del Estado Nacional, de Gobiernos provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Uno de los requisitos para cobrar el 82 por ciento móvil del sueldo mensual del cargo que tuviera en el momento de concluir en el cargo que venía desempeñando, es que lo hubiera ejercido en los últimos dos años.

También dispone el proyecto que si un trabajador desempeña su tarea en un establecimiento de ubicación desfavorable, se computarán cuatro años por cada tres de servicios efectivos.

Presentan un proyecto de Ley para que el personal de salud perciba una jubilación del 82 por ciento móvil

En aquellos servicios prestados por trabajadores en la pandemia «se computará el doble por cada mes y/o años de servicios trabajados bajo la emergencia sanitaria declarada por Ley 27.541 y los decretos Números 260/2020 y 167/2021» .

El proyecto también impulsa que la movilidad del haber se aplicará cada vez que varíe, para el personal en actividad, la remuneración que se tuvo en cuenta para determinar el haber de la jubilación.

En los fundamentos, Godoy señala que el proyecto de ley se presenta a instancia de un pedido especial que realiza el personal de salud de su provincia, Salta, y que reclaman que «sean asimilados a otros regímenes diferenciales vigentes que garantizan el 82% móvil como el que rige para el personal del Estado» como «los docentes de las ramas primarias, secundarias, preuniversitarias, universitarios, investigadores, personal de cancillería, jueces, personal de YCF, etc., que tienen sistemas de movilidad del 82 al 85% de su remuneración total, al momento de acceder al beneficio».

«Este proyecto que presentamos, viene también como medida complementaria, a promover la localización de profesionales en nuestras provincias del Norte Grande que son las que mas sufren la falta de profesionales y personal de enfermería; y a su vez, estimular la relocalización en el interior de cada una de ellas, que es el otro inconveniente que existe hacia adentro», agregó.

Recordó que hace poco tiempo se sancionó la Ley de Enfermería, que tiene como objetivo «establecer los mecanismos necesarios para promover la formación de calidad y el incremento de la cantidad de enfermeras y enfermeros, así como la profesionalización y el desarrollo de la enfermería en todo el territorio nacional».

Agregó que tras estas acciones resulta necesario «avanzar con el reconocimiento del 82% de movilidad», que es lo que propone el proyecto.