
El Juzgado Federal de Santa Rosa, La Pampa, hizo lugar a una medida cautelar presentada por el Sindicato de Petroleros, Gas y Biocombustibles y ordenó suspender la aplicación del impuesto a las ganancias para los trabajadores alcanzados por el convenio colectivo 449/06 que no trabajan en boca de pozo. La medida es, de esta forma, de alcance temporal, hasta que se dicte una sentencia definitiva.
El Juzgado Federal de Santa Rosa, provincia de La Pampa, dictó este miércoles una medida cautelar a favor del Sindicato de Petroleros, Gas y Biocombustibles de Bahía Blanca, La Pampa y Patagonia Argentina, ordenando la suspensión del cobro del impuesto a las ganancias para un grupo de trabajadores del sector. La decisión alcanza a quienes se desempeñan en refinerías, plantas de elaboración y mezcla de petróleo y derivados, incluidos en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 449/2006.
La presentación fue realizada en diciembre de 2024 por el secretario general del sindicato, Gabriel Matarazzo, con el patrocinio letrado del Dr. Héctor Lavia. En ella, se cuestionó la constitucionalidad de la ley 27.743 —conocida como «medidas fiscales paliativas relevantes»— y su decreto reglamentario, por entender que vulneran derechos previamente adquiridos y consagrados en la Ley 26.176, que eximía del tributo a ciertos rubros salariales del sector petrolero.
En su resolución, el juez Juan José Baric reconoció la “verosimilitud del derecho” y el “peligro en la demora” al considerar que la remuneración en juego tiene carácter alimentario y está protegida por el principio de intangibilidad. La cautelar suspende la aplicación del capítulo V de la ley 27.743 respecto de los ítems vinculados a “viandas y ayuda alimentaria”, contemplados en el artículo 37 bis del convenio colectivo.

La medida, sin embargo, es de alcance temporal y se mantendrá vigente hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo del asunto. Aunque el juzgado se declaró incompetente para seguir con el trámite principal del expediente —que deberá continuar en la jurisdicción federal de Bahía Blanca, donde tiene sede el sindicato—, resolvió la cautelar dada la urgencia del caso.
En su dictamen, la Justicia argumentó que el Estado Nacional, al restringir por ley los beneficios fiscales a trabajadores «de boca de pozo», excluye injustificadamente a otros empleados del sector petrolero que también realizan tareas esenciales para la producción de hidrocarburos. Esto, según la resolución, genera una situación de incertidumbre jurídica y desigualdad en el tratamiento tributario.
Se espera que, desde el gremio, seguirán litigando para obtener una sentencia definitiva que restituya plenamente la exención del tributo a los rubros convenidos colectivamente.