La Justicia porteña le dio la razón a ATE Capital y suspendió el sistema de geolocalización que implementó el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

(Por Pablo Maradei) De esta manera dio lugar a la medida cautelar presentada por Daniel Catalano, titular de ATE Capital, presentada ante la Justicia Contenciosa Administrativa y Tributaria: la suspensión es hasta que se resuelva la cuestión de fondo. 

La resolución, firmada por el juez Víctor Troncoso Rodas el 19 de mayo de 2026, alcanza a todos los trabajadores y trabajadoras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires afectados por este mecanismo de control denominado ‘Hoja de Ruta Electrónica’, destinado al control de asistencia del personal que presta tareas habitual y permanentemente en la vía pública, en distintos domicilios dentro de una misma jornada laboral o que, de manera eventual y por estrictas razones de servicio, deba cumplir la totalidad o parte de su jornada en un domicilio distinto al declarado en el SIAL (Sistema Integral de Administración de Recursos Humanos y Liquidación de Haberes)

En el fallo, el juez sostuvo que el Gobierno de la Ciudad no acreditó la existencia de un acto administrativo que habilite la implementación obligatoria del sistema ni el uso de celulares personales de las y los trabajadores para registrar asistencia mediante geolocalización. Asimismo, señaló que la herramienta fue implementada “a través de una vía de hecho” y que ello lesiona el principio de legalidad.

La medida según denuncia ATE se informó a los trabajadores del GCBA «de forma totalmente intempestiva literalmente con horas de diferencia se pretendía que los/as trabajadores/as comiencen a utilizar un sistema que implicaba geolocalización». 

En la recolección de denuncias que recibió ATE encontró que los trabajadores «expusieron dificultades operativas, inconsistencias en los registros y la eventual imputación de inasistencias injustificadas a trabajadores que no pudieron utilizar el sistema, con el consiguiente riesgo de aplicación de sanciones disciplinarias y descuentos salariales e incluso medidas expulsivas».  También se vieron afectados sus salarios con descuentos. 

La sentencia impuesta también señala: «La geolocalización impuesto por el GCBA afecta derechos fundamentales de los trabajadores, como la privacidad, la intimidad y la protección de datos personales, al exigir el uso de dispositivos móviles personales sin información clara sobre el tratamiento de los datos ni garantías suficientes de resguardo. Además, sostuvo que la medida resulta desproporcionada, invasiva y sin evaluación previa de impacto».