La Secretaría de Trabajo, dependiente del Ministerio de Capital Humano, aprobó formalmente el acuerdo y las escalas salariales firmadas por la Federación de Comercio FAECYS y las cámaras empresarias (CAC, CAME y UDECA). La federación que conduce Armando Cavalieri ya notificó a sus seccionales que la normativa se encuentra vigente y publicada.
La Secretaría de Trabajo de la Nación oficializó este martes la homologación del nuevo acuerdo salarial para los trabajadores de comercio de todo el país. A través de la Disposición publicada, el Gobierno nacional aprobó las nuevas condiciones salariales pactadas bajo el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) Nº 130/75, que rige la actividad mercantil.
El entendimiento fue suscripto por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), liderada por Armando Cavalieri, en representación de los trabajadores, y por las principales entidades del sector empleador: la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales de Buenos Aires (UDECA).
Contempla un incremento trimestral del 5,7%, distribuido de la siguiente manera: un 1,9% en octubre, 1,9% en noviembre y un 1,9% en diciembre. Asimismo, se estableció el pago de un bono extraordinario de $50 mil para los trabajadores de todas las categorías, pagaderos en dos cuotas iguales de $25.000 en octubre y noviembre.
Con la firma de la directora nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, el acuerdo quedó formalmente ratificado y cuenta con plena validez jurídica.

En paralelo a la publicación oficial, la conducción de FAECYS emitió un mensaje interno dirigida a los secretarios y secretarias de las seccionales de todo el país donde informó que «se ha dictado la disposición oficial de homologación correspondiente al nuevo acuerdo y escalas salariales», y detalló que el texto completo de la normativa y las planillas con los nuevos montos fueron adjuntadas para su conocimiento y aplicación inmediata en los establecimientos comerciales.
Finalmente, la resolución administrativa dispuso notificar a las partes signatarias y girar el expediente a la Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo. En esa instancia, las partes deberán acompañar el cálculo del tope indemnizatorio correspondiente al CCT aplicable, tal como lo exige el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). De esta manera, el acuerdo salarial no solo actualiza los haberes de los mercantiles, sino que también impacta en la actualización de las bases de cálculo para futuras indemnizaciones en el sector.




