La reforma laboral divide a la Cámara del Trabajo sobre la quita del 33% en las indemnizaciones

La Sala I declaró inconstitucional el artículo 55 de la Ley 27.802 de reforma laboral por considerarlo una “quita legal” que vulnera el derecho de propiedad y la igualdad ante la ley. Las salas II y VIII, en cambio, lo avalaron. Sin un plenario a la vista, la incertidumbre jurídica crece y la definición podría quedar en manos de la Corte Suprema.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo atraviesa una fractura interna que pone en jaque la aplicación uniforme de la reforma laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei. En el centro de la disputa está el artículo 55 de la Ley 27.802, una norma que establece un régimen de actualización diferenciado para los créditos laborales que ya estaban judicializados al momento de sancionarse la ley y que, en la práctica, impone una quita del 33% en las indemnizaciones de los trabajadores que iniciaron juicio. La norma fija un “piso mínimo” equivalente al 67% del valor que resultaría de actualizar el crédito por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más una tasa de interés pura del 3% anual, un mecanismo que, según sus críticos, licúa una porción sustancial del crédito en beneficio del deudor incumplidor.

La Sala I, integrada por los jueces Enrique Catani y Gabriela Vázquez, fue la primera en declarar la inconstitucionalidad del artículo en el marco de la causa “Mendiguren, Maximiliano Hernán c/ Lavadero Torino S.A. s/ Despido”. El tribunal consideró que la norma viola los artículos 14, 16, 17 y 18 de la Constitución Nacional, así como el principio protectorio del artículo 14 bis. “El artículo 55 de la ley 27.802 no supera el examen de constitucionalidad, pues vulnera, en el caso, los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución Nacional, así como el principio protectorio consagrado en el artículo 14 bis”, escribió Catani en su voto. Y agregó: “La norma no se limita a reglar el modo de cálculo de los accesorios, sino que impone una verdadera quita legal sobre el contenido económico de la acreencia. Nadie tiene un derecho constitucional a que su deuda se licúe mientras permanece impaga por el mero transcurso del tiempo”.

Judge gavel on a homogeneous background Justice and injustice, law

El fallo identificó tres ejes centrales de inconstitucionalidad. En primer lugar, la afectación al derecho de propiedad (artículo 17), al licuar una porción del crédito en beneficio del deudor incumplidor. En segundo término, la violación del principio de igualdad ante la ley (artículo 16), al establecer un trato más gravoso para los trabajadores que recurrieron a la justicia en comparación con aquellos que no lo hicieron. “La distinción es irrazonable, porque no se funda ni en la naturaleza del crédito ni en la fecha de su devengamiento, sino exclusivamente en su judicialización”, remarcó la sentencia. Por último, la afectación al derecho de peticionar a las autoridades (artículo 18), al penalizar a quienes ejercen la acción judicial para cobrar sus créditos.

Sin embargo, la postura de la Sala I no es unánime en el fuero. Previamente, la Sala VI había dictado una resolución similar, pero las salas II y VIII sostuvieron la constitucionalidad del artículo 55 y rechazaron los planteos promovidos por los trabajadores. Esta divergencia, que también se replica en tribunales del interior del país —con fallos similares en Chubut, La Rioja y Corrientes—, profundiza la incertidumbre tanto para las empresas como para los empleados y subraya la urgencia de un pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia que defina la suerte de la reforma laboral. Fuentes de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmaron que, por el momento, no está previsto que se cite a un plenario que unifique la jurisprudencia.

El escenario de dispersión judicial se produce en un momento clave, cuando se aceleró el traspaso de la justicia laboral al ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, un proceso también aprobado por el Congreso al tratarse la ley de modernización laboral. Mientras los abogados de la CGT celebran los fallos que limitan los alcances de la normativa oficial, la falta de un criterio unificado mantiene en vilo a miles de trabajadores que aguardan la resolución de sus causas y a las empresas que enfrentan un horizonte de costos e intereses aún incierto.