La Justicia ordenó indemnizar a un trabajador por no reasignarle tareas acordes a su capacidad tras sufrir un accidente
La Cámara Nacional del Trabajo condenó a indemnizar por despido a un empleado que sufrió un accidente desvinculado con sus funciones, porque la empresa no demostró que carecía de tareas para reasignarle acordes a su incapacidad.
La Sala IX de la Cámara confirmó en fallo de primera instancia en la causa que J.E.V. promovió luego que, hace casi una década, se considerara injuriado por la actitud de una empresa de servicios.
"Lo cierto es que se encuentra acreditada la incapacidad laboral" del demandante, mientras que "la empleadora no probó la inexistencia de tareas livianas acordes a aquella" sostuvo el tribunal, que consideró aplicable al caso el artículo 212 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)
En cambio la Sala IX sostuvo que el trabajador acreditó con documentación y las suc...