La UOM presentó un recurso de reposición in extremis contra la sentencia que dispuso la intervención por 180 días. Paralelamente, reclama al Tribunal Superior de Justicia porteño que revise el rechazo de la recusación con causa contra los jueces Pesino y González, a quienes acusa de haber actuado sin jurisdicción.
La Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOM) redobló su estrategia judicial y presentó en las últimas horas un contundente paquete de recursos contra la intervención dispuesta por la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Por un lado, el gremio interpuso un recurso de reposición in extremis contra la sentencia del 22 de mayo que ordenó la intervención del sindicato por 180 días y designó un interventor. Por otro lado, de manera subsidiaria, mantiene en marcha un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (TSJ) para que se revise el rechazo de la recusación con causa que había planteado contra los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González.
La presentación principal fue realizada por Daniel Daporta, delegado administrador del sindicato designado por el Consejo Directivo de la UOM, que sesionó el 26 de mayo y resolvió aplicar los mecanismos estatutarios para normalizar la situación institucional. El gremio pide que se dejen sin efecto los puntos 6 y 7 de la resolución judicial, que declararon la acefalía y designaron un interventor.

Los cuatro ejes del recurso contra la intervención
El estatuto ya prevé la solución: El gremio sostiene que la ley 23.551 solo habilita la designación de un funcionario normalizador cuando el estatuto del sindicato no contempla cómo regularizar una acefalía. Sin embargo, los artículos 21 y 22 del Estatuto de la UOM sí lo establecen: es el Consejo Directivo el que designa delegados administradores, tanto para las seccionales como para el Secretariado Nacional. La UOM califica como “error grosero” que la sentencia haya omitido considerar esa norma.
La solución autónoma ya está en marcha: El Consejo Directivo, integrado por las seccionales de todo el país, de las cuales solo Campana fue cuestionada, se reunió el 26 de mayo y, mediante la Resolución N.º 5/2026, designó delegados administradores para normalizar la situación. El gremio remarca que ese órgano “no fue intervenido ni podría serlo”, por lo que la solución estatutaria en curso torna improcedente la intervención judicial.
La sentencia contradice a la Corte Suprema: El recurso recuerda que la ley 27.802 obliga a los jueces laborales a ajustar sus fallos a los precedentes del máximo tribunal. Cita el caso “García” (2023), donde la Corte interpretó de modo restrictivo las facultades de intervención y reafirmó el principio de autonomía sindical consagrado en el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La Sala carecía de jurisdicción al dictar el fallo: La UOM plantea que, al momento de la sentencia del 22 de mayo, aún no estaba firme el rechazo de la recusación con causa contra los jueces Pesino y González. Por lo tanto, el tribunal habría resuelto sin jurisdicción expedita, afectando las garantías del juez natural y del debido proceso. El gremio advierte que el artículo 32 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN) tipifica como “mal desempeño” que un juez impedido dicte resoluciones que no sean de mero trámite.
Paralelamente al recurso contra la intervención, la UOM mantiene activo un recurso de inconstitucionalidad presentado ante el TSJ porteño contra la resolución del 13 de mayo que rechazó la recusación con causa de los jueces Pesino y González. En un extenso escrito de 33 páginas al que tuvo acceso este medio, los abogados apoderados del gremio Álvaro Daniel Ruiz, Matías Cremonte y Carlos D. Zamboni Siri, sostienen que la decisión del tribunal ad hoc vulneró las garantías de debido proceso, defensa en juicio y juez imparcial.
El argumento central: la recusación no se basó en una mera discrepancia con las decisiones judiciales, sino en un conjunto de circunstancias objetivas que generaban un “temor fundado” de parcialidad. Entre ellas, mencionan: Providencias dictadas el 1° y 6 de abril de 2026 que, a criterio del gremio, evidenciaron un “direccionamiento” en favor de la parte actora (la Lista Naranja de la Seccional Campana), el rechazo de la recusación sin causa del juez Pesino, que había sido inicialmente admitida, y la aplicación contradictoria del artículo 15 del CPCCN para desestimar una recusación posterior de la Junta Electoral Nacional, y la transformación del proceso electoral en una acción ordinaria de nulidad sin remitir las actuaciones a primera instancia, lo que privó a la UOM de la doble instancia.
El voto en minoría: El recurso destaca que el juez Gabriel De Vedia, en su voto disidente, consideró que las irregularidades procesales acumuladas podían generar “dudas razonables en cuanto a la existencia de la debida imparcialidad”. Para la UOM, ese voto refuerza la procedencia de su planteo.
El escrito sostiene que lo ocurrido después del rechazo de la recusación, es decir, la sentencia del 22 de mayo, constituye “la prueba irrefutable” de que los jueces debieron apartarse. El gremio enumera irregularidades en el fallo:
- No se abrió a prueba ni se produjo la ofrecida por la UOM.
- Se omitió la audiencia prevista por el artículo 360 del CPCCN y el traslado para alegar.
- No se trataron las defensas ni las impugnaciones de las demandadas.
- Se soslayó un “hecho nuevo” denunciado por la UOM: una causa penal contra integrantes de la Lista Naranja por actos de vandalismo durante el proceso electoral.
La UOM dejó planteada la reserva del caso federal y anticipó que la sentencia “no será consentida”. Además, advirtió que el conflicto compromete la responsabilidad internacional del Estado argentino por violación del Convenio 87 de la OIT sobre libertad sindical y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En ese sentido, el gremio no descarta acudir al Comité de Libertad Sindical de la OIT o al Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
Ahora, la Sala VIII deberá pronunciarse sobre el recurso de reposición in extremis contra la intervención, mientras que el TSJ porteño resolverá si admite el recurso de inconstitucionalidad vinculado a la recusación. En paralelo, el gremio anunció que interpondrá “los demás recursos en curso” para perseguir la revocación total de la intervención.




