A través del Movimiento Anti Bloqueos, denuncian penalmente al juez que suspendió la reforma laboral: piden prisión e inhabilitación por abuso de autoridad

El Movimiento Empresarial Anti Bloqueos acusa al juez Raúl Horacio Ojeda de dictar una cautelar para frenar la reforma laboral, presuntamente contraria a la Constitución. Argumentan que se habría ampliado de oficio los alcances de la medida sin dar lugar al derecho de defensa del Estado. La organización de empleadores que difunde Florencia Arietto amenaza con inhabilitar y meter preso al juez que frenó la reforma laboral.

El Movimiento Empresarial Anti Bloqueos (MEAB), conocido a través de la abogada mediática Florencia Arietto, denunció penalmente al titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, Raúl Horacio Ojeda, acusándolo de cometer abuso de autoridad por haber dictado una medida cautelar que suspendió la aplicación de la Ley N° 27.802 de Modernización Laboral en todo el territorio argentino.

La presentación, formalizada este martes ante la Justicia Federal, fue efectuada por el presidente del MEAB, Juan Méndez, con el patrocinio del abogado Pablo Abdón Torres Barthé, y sostiene que el magistrado actuó en contra de la Constitución Nacional y de leyes expresas, generando un fuerte impacto institucional que afecta a millones de contratos de trabajo.

Según la denuncia, el 30 de marzo de 2026, Ojeda resolvió suspender la vigencia de buena parte de la Ley 27.802 con efectos federales inmediatos, alcanzando puntos que ni siquiera habían sido cuestionados por la CGT en su demanda original, como los artículos 3, 25 y del 59 al 77, entre otros. El denunciante remarca que la cautelar fue dictada con “una celeridad llamativa”, a pocos días de presentada la demanda y sin esperar el plazo para la contestación previsto en la Ley N° 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado. Siete días después, el mismo juez revocó por propia iniciativa la suspensión de uno de los artículos, el 55, basándose en un “estudio de campo” que no habría sido incorporado formalmente al expediente.

La denuncia apunta a que el juez Ojeda incumplió el artículo 248 del Código Penal de la Nación, que sanciona con prisión de uno a tres años e inhabilitación especial al funcionario público que dictare resoluciones contrarias a la Constitución o a las leyes nacionales. El eje de la presentación está en la conciencia del acto prohibido: se sostiene que el magistrado era plenamente sabedor de los límites que su función le imponía, especialmente por el precedente “Thomas” de la Corte Suprema, que desde hace más de 15 años prohíbe suspender leyes con efectos generales mediante medidas cautelares.

El documento ahonda en que el fallo de Ojeda transgredió varios artículos de la Constitución Nacional, entre ellos el artículo 1 (separación de poderes y forma federal), el artículo 75 inciso 12 (potestad del Congreso para dictar leyes laborales) y el artículo 18 (derecho de defensa y debido proceso). Además, la denuncia destaca la violación de la Ley N° 26.854, ya que el juez, según acusan, no habría verificado ninguno de los cinco requisitos acumulativos legalmente exigidos para suspender actos legislativos, aceptó una declaración jurada de la CGT en lugar de la caución real obligatoria y dictó una resolución con, lo que consideraron, escasa fundamentación.

“La corrección posterior, lejos de borrar la ilicitud original, la confirma. Resulta evidente que si el magistrado necesitó corregirse a sí mismo a los siete días, es porque sabía —o debería haber sabido al momento de dictar la medida— que su resolución era jurídicamente insostenible”, sostiene el escrito. El denunciante reserva además la posibilidad de ampliar la calificación legal a la figura de prevaricato, lo que podría agravar la situación judicial del magistrado.

La denuncia solicita que se abra formalmente la investigación penal contra Raúl Horacio Ojeda, que se requiera toda la documentación del caso y que eventualmente se aplique la pena de prisión e inhabilitación prevista por el Código Penal. El MEAB aseguró que la suspensión de la ley generó una “incertidumbre jurídica” que afecta tanto a empleadores como a empleados y a todo el sistema laboral, y subraya que Ojeda, siendo juez ordinario de la ciudad de Buenos Aires, emitió una cautelar con efectos nacionales como si fuera un juez federal, agravando la violación del sistema federal. Ahora, la Justicia Federal deberá decidir si abre investigación contra el magistrado.