
ATE, UPCN y un particular, solicitaron cautelares para que se suspenda la eliminación por decreto del día de descanso por el “Dia del Trabajador del Estado”. Se trata del 27 de junio, fecha establecida por la Ley 26.876. El Decreto, anticipado por Manuel Adorni ayer, se publicó hoy.
Ya se presentaron tres acciones judiciales en la Justicia Federal para suspender los efectos del DNU N° 430/2025, adelantado ayer por Manuel Adorni pero publicado hoy mismo. Las empujan la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) y un particular que interpusieron cautelares para levantar la eliminación del asueto dispuesto por el presidente Milei.
Mediante el decreto de necesidad y urgencia publicado hoy en el Boletín Oficial, el Presidente de la Nación determinó la derogación del día de descanso establecido por el “Dia del Trabajador del Estado» en la Ley 26.876. «Es indispensable restituir el valor de la cultura del trabajo a lo largo de todo el país, lo cual se logra tanto con políticas públicas de largo plazo como con pequeñas decisiones concretas», se fundamentó para el dictado del decreto.
Tras publicarse el decreto, ATE exigió a través de una Medida Autosatisfactiva que se declare la inconstitucionalidad del Decreto 430/25 y su inmediata nulidad. La presentación recayó en el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo número 3.
Por su parte la Unión del Personal Civil de la Nación solicitó que dicte una medida cautelar de no innovar para que ordene al Poder Ejecutivo Nacional que se abstenga de aplicar el DNU 430/2025: «El día antes de la conmemoración del día del Trabajador Estatal -27 de junio- el PEN mediante un DNU elimino sin fundamento alguno el carácter de día de descanso de los trabajadores estatales, que claramente tienen organizada su vida para tomarse este día de descanso», se expresó en el escrito.

Asimismo, el gremio fundamentó que «esta norma reconoce el trabajo que realizan los trabajadores estatales y fue establecido el día 27 de junio, ya que esa es la fecha en que la Organización Internacional del Trabajo aprobó el Convenio sobre las relaciones de trabajo en la administración pública N° 151 en 1978, convenio que fue incorporado a la legislación nacional mediante Ley 23328».
Y agregó que «hace mas de 10 años que los trabajadores estatales son homenajeados en su día con un día de descanso, al igual que se conmemoran con días de descanso los días de otros trabajadores».
Por otra parte, Pablo Martín Pérez Ledesma también solicitó una medida medida autosatisfactiva urgente con la finalidad de suspender el decreto en cuestión. Su legitimación radica en encontrarse en relación de dependencia con la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, por lo que, le resulta aplicable la restricción.
Estas dos últimas acciones recayeron en los Juzgados Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal n° 8 y 11.