Otro juez reconoció la Ley Bases pero reemplazó las multas por daños y condenó a la empleadora a pagar casi 24 millones por empleo no registrado
El Juzgado Nacional del Trabajo N.º 77 ordenó a MPV Construcciones S.R.L., Mi Primer Vivienda S.R.L. y Emecé Cooperativa de Consumo a indemnizar con $23,9 millones a una ex empleada por mantenerla ocho años en la informalidad. Si bien rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la Ley Bases, que derogó las multas por trabajo no registrado, reconoció el derecho de la trabajadora a una reparación por daño material y moral. El fallo también responsabilizó solidariamente a dos socios.
En una sentencia con fuerte impacto, el juez Mariano Candal, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N.º 77, condenó a tres firmas vinculadas al rubro de la construcción por mantener durante casi ocho años una relación laboral sin registrar.
La demandante denunció que desde agosto d...