La UIA embiste contra una ley que busca proteger contra despidos a trabajadores con infecciones y enfermedades de transmisión sexual

La UIA mete presión en el Congreso para pedir que se les permita despedir a personas con VIH, hepatitis virales, tuberculosis o enfermedades de transmisión sexual sin que se lo considere, salvo prueba en contrario, que se trata de un despido discriminatorio con la consecuente indemnización. Amenazan con que esta ley «podría generar incentivos contrarios a los fines perseguidos, con graves consecuencias para la población que se busca proteger”.

La legisladora del FdT Carolina Guillard presentó un proyecto de ley que considera a priori como discriminación el despido a personas que tengan VIH, hepatitis virales, tuberculosis y enfermedades de transmisión sexual motivado en el estado de salud. El proyecto de ley va en línea con el Convenio 190 de la OIT al que adhirió la Argentina contra la violencia en el ámbito del trabajo.

La “Ley Nacional de Respuesta Integral al HIV, las Hepatitis virales, la tuberculosis y enfermedades de transmisión sexual”, si bien es impulsada por una diputada del Frente de Todos por Entre Ríos, cuenta con el acompañamiento de dirigentes de la oposición.

Según consignó Página/12, el proyecto está acompañado por Carla Carrizo, Maximiliano Ferraro y Silvia Lospenatto de Cambiemos. Además de Romina del Pla, del Frente de Izquierda Unidad.

El problema es con dos apartados, el A y el B del artículo 10, que indican que si un empleador despide a una persona con alguna de estas patologías se trata de un despido discriminatorio, a menos que se demuestre lo contrario e indica que se debe pagar una indemnización especial.

El proyecto apunta a dar una “respuesta integral” a las personas que contraigan infecciones y enfermedades de transmisión sexual que garantice «la investigación, prevención, diagnóstico, tratamiento, cura, asistencia interdisciplinaria (social, legal, psicológica, médica, farmacológica y otras), educación y sensibilización de la población, acceso a la información veraz, suficiente y actualizada, y reducción de riesgos y daños del estigma, la discriminación y la criminalización hacia las personas con VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e ITS”. 

En ese sentido, en el artículo 10 inciso A se precisa que “se deberá garantizar el derecho al trabajo y la estabilidad laboral» y además «Se prohíbe toda discriminación en el ámbito laboral por motivo de estas patologías. En ningún caso se podrá, motivado en el estado de salud del trabajador/a, realizar actos arbitrarios tales como: despidos, hostigamiento, suspensiones, reducciones salariales, cambios de puesto, violación de su confidencialidad, restricción de ascenso o promoción u otra forma de discriminación y/o violencia en el ámbito laboral”.

Mientras que en el B “se presume, salvo prueba en contrario, que el despido del trabajador/a con VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis o ITS obedece a actos discriminatorios en razón de su salud.»

Lo que sucede ante un despido discriminatorio es que hay que pagar un tipo de indemnización especial: «En tales casos, podrá reclamarse la indemnización especial prevista en el artículo 182 de la ley 20.744; o la nulidad del despido, a opción del trabajador/a”.

La UIA argumentó en una carta dirigida a Carlos Heller con copia a varios legisladores: «resulta preocupante que el proyecto no haya sido girado la Comisión de Legislación del Trabajo de la HCDN. Las excepciones que establece en esta materia tienen un gran impacto en el marco jurídico de las relaciones laborales, y resulta de suma importancia que su debate incluya el análisis de los congresistas expertos en la materia, incluyendo las voces de los actores del mundo del trabajo que cuentan con más experiencia en la materia”.

Y agregan que «en cuanto se refiere a las personas con ITS, no resulta claro cómo se delimitaría temporalmente el alcance de esta protección en los casos en que no se trata de padecimientos crónicos”

“No podemos dejar de mencionar –apunta la UIA- que una norma que establezca esta garantía, podría generar incentivos contrarios a los fines perseguidos, con graves consecuencias para la población que se busca proteger”, cerraron.