La Justicia ordenó la reincorporación de una trabajadora despedida por presunta discriminación sindical en Cencosud y ordena cese de violencia

El fallo de primera instancia hace lugar a una medida cautelar y exige a la empresa Cencosud la restitución de la empleada en su puesto, el pago de salarios adeudados y la garantía de un ambiente laboral libre de violencia mientras se resuelve la cuestión de fondo, que es un presunto despido discriminatorio.

El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 62 resolvió hacer lugar a una medida cautelar solicitada por una trabajadora despedida por la empresa Cencosud S.A., tras considerar que existen elementos que permitirían inferir una posible motivación discriminatoria vinculada a su actividad gremial. La medida ordena la reincorporación inmediata de la empleada a su puesto de trabajo en la sucursal Easy Palermo, y el pago de los salarios caídos, mientras se resuelve el fondo de la causa.

La acción judicial fue presentada bajo el carácter de juicio sumarísimo con el objetivo de declarar la nulidad del despido, ocurrido el 3 de febrero de 2025. Según la demanda, la desvinculación habría sido arbitraria y en represalia por la participación activa de la trabajadora en una agrupación sindical opositora a la lista oficialista, así como por sus denuncias contra despidos que consideró discriminatorios. Testimonios incorporados a la causa afirman que la trabajadora fue amenazada y acosada por un delegado gremial y otros empleados, y que la empresa no adoptó ninguna medida para detener esa situación.

Además, los testigos denunciaron que en la sucursal se otorgan beneficios y jornadas laborales más extensas a quienes tienen afinidad con la dirigencia gremial, mientras que aquellos considerados disidentes reciben condiciones laborales precarias, con salarios por debajo de la canasta básica. También se reveló que la empresa nunca implementó el protocolo de violencia laboral impuesto judicialmente en 2017, tras un caso que sentó precedente con la primera orden de alejamiento en el ámbito laboral contra un dirigente sindical. “La empresa nunca acató el protocolo de violencia laboral que el Juzgado obligó a elaborar”, afirmó una de las personas que declaró en el expediente.

La Justicia ha citado al cuerpo de delegados de la lista oficialista, a los responsables de la dirección de la sucursal y a los superiores jerárquicos de la trabajadora para esclarecer los hechos. También se investigará la falta de acción directa por parte del sindicato en defensa de la afiliada, como asambleas o medidas de fuerza, lo que ha despertado cuestionamientos sobre la legitimidad de la representación sindical en este conflicto. Mientras tanto, el fallo exige a Cencosud garantizar un entorno laboral libre de violencia y preservar la integridad de la trabajadora, bajo apercibimiento de sanciones económicas por incumplimiento.