La Justicia laboral falló a favor de un árbitro que denunció persecución sindical y ordenó a la AFA que lo designe en Primera Nacional

Un árbitro marplatense que representa a la Liga de Miramar presentó un amparo en el fuero laboral. En los últimos tres años dirigió 4 partidos del Federal A por la interna con el SADRA. En el caso de incumplir la AFA se expone a una multa que parte de los $200 mil.

La Justicia laboral falló a favor del árbitro Martín Miguel Saccone y la AFA tendrá que designarlo, como mínimo, tres partidos cada mes en la Primera Nacional. De lo contrario, según indica la resolución judicial a la que accedió Clarín, tendrá que pagar 200 mil pesos de multa en cada oportunidad.

Se trata de un nuevo capítulo de la interna de los referís que tiene enfrentada a la AFA con el SADRA (Sindicato de Arbitros de la República Argentina). Finalmente el 20 de mayo, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Número 11, a cargo de la Dra. Mirta González Burbridge, resolvió darle lugar al reclamo de Saccone.

El referí marplatense había sido despedido el 14 de marzo con otros 14 colegas, pero como gozaba de inmunidad sindical, la AFA se vio obligada a reincorporarlo 24 horas más tarde. También fueron reincorporados Leandro Núñez y Federico Cuello. Ambos están en la misma situación que Saccone: presentaron amparos ante la Justicia.

De acuerdo al planteo de Saccone, de 2019 a la fecha, sólo le asignó cuatro partidos y en una categoría inferior: el 16 de mayo de 2021, el 3 de octubre de 2021 y el 30 de octubre de 2021, todos del Torneo Federal A, y el 7 de mayo en la Liga de General Alvarado.

Bajo esta coyuntura, el fallo de la jueza González Burbridge indica que la AFA «no ha cumplido cabalmente con la manda judicial, por lo que considerando el tiempo transcurrido, el número de partidos asignados; la categoría (Primera Nacional), corresponde entonces elevar el monto de la multa fijada en autos y, en lo sucesivo, fijar la suma de $200.000 por tal concepto por fecha de partidos en los que no fuese designado correspondiente a la Primera Nacional que se celebren a partir de los cinco días hábiles de notificada la presente resolución, la multa establecida regirá hasta que se le haya asignado al accionante un mínimo de tres partidos por mes en la categoría debida, bajo apercibimiento de duplicar el monto de la multa pecuniaria en caso de mantenerse el incumplimiento».