La justicia determinó que un delegado condenado por abuso a una trabajadora no deberá ir a prisión

La Justicia condenó al delegado mercantil Sebastián Aramela a ocho meses de prisión, en suspenso por falta de antecedentes, y a dos años de libertad condicional por abusar sexualmente de una trabajadora en las oficinas de Cencosud. Según agregaron fuentes gremiales, el exdelegado logró que la empresa despida a la damnificada y a once compañeros que podían salir de testigos para evitar que declaren en su contra. Ahora pelean por la reincorporación.

El 6 de marzo pasado, el juez de Cámara Walter Candela del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nro. 21, comunicó los argumentos por los que encontró culpable a Sebastián Aramela, ex delegado gremial del Sindicato de Empleados de Comercio de la Capital Federal de abuso sexual simple a una trabajadora de Cencosud.

Según pudo constatar el fiscal, Aramela trabajaba como repositor de lácteos en la sucursal 10 de supermercados Vea y era delegado gremial del Sindicato de Comercio (SEC) en CABA, donde radica el local.

En julio del mismo año el entonces delegado había ayudado a D.C.F. a modificar su horario de trabajo y, en ese contexto, le refirió: “Gracias nada, vos sabés que esto es a cambio de algo”. A partir de entonces, comenzó a acosar a la víctima mediante frases tales como: “Si vos estás conmigo sabés que no te va a pasar nada acá adentro” o hacerle gestos obscenos.

Finalmente, en noviembre de 2019, en una de las oficinas del local de Vea en que trabajaban, Aramela citó a la damnificada a una oficina ubicada en un sótano con la excusa de evacuar unas consultas por temas laborales. Una vez allí, bloqueó la puerta con el brazo y comenzó a acosarla y manosearla. La trabajadora logró empujarlo y salir corriendo.

Le contó lo sucedido a sus compañeros que le prestaron su apoyo pero la empresa Cencosud resolvió despedirlos. Se trata de 8 de sus empleados y a otras 3 personas que trabajaban en limpieza para una empresa tercerizada.

En su declaración Aramela se declaró inocente e incapaz de realizar un acto semejante. A su vez, tanto su declaración como una testigo, a la que la damnificada identificó como otra pareja además de la esposa de él, fueron en camino de demostrar un intento de complot que tendría como fin sacarlo del medio en su tarea de delegado.

La Justicia consideró sin embargo que «los argumentos defensivos en el
sentido en torno a un presunto complot caen por su propio peso»
porque «al corroborar ambas partes la entidad del reclamo, surge que la
conducta de D.C.F. encontró el cauce adecuado para sostener el reclamo en su representante gremial lo que efectivamente llevó a cabo»

Además, consideró que «el fundamento del complot pierde claramente entidad en tanto que D.C.F. necesariamente debía contactarlo y hablar con él en una oficina apartada, es decir en un lugar privado y allí se concretó la acción delictiva; partiendo de esa base no se puede sostener un complot porque el lamentable grado de exposición que tuvo que soportar la víctima habla por sí sólo»

Y el juez agregó que la damnificada ya no trabaja para la empresa Cencosud dado que fue despedida y ella sospecha que fue a raíz de este evento: «Nótese que en la actualidad ni siquiera se desempeña en la empresa sosteniendo ella que esta denuncia tuvo peso en la decisión de la empresa de prescindir de sus servicios».

Por otra parte, la testigo aportada por Aramela fue descartada porque al juez no le pareció creíble su discurso y porque no pudo responder con claridad sobre la supuesta relación de pareja por fuera del matrimonio de él que sostenía con el entonces delegado. El juez la consideró parcial.

La condena responde al delito de abuso sexual simple. Se le impusieron ocho meses de prisión en suspenso, que al carecer de antecedentes penales no pasará detenido. Además estará dos años en libertad condicional y tendrá, durante este mismo tiempo, que mantener distancia de todo tipo de la damnificada. En tanto condenado, Aramela pasará a ingresar al Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual a fin de que se obtenga su perfil genético.

Actualmente, la trabajadora tiene judicializada su reincorporación, la de su pareja y la de sus compañeros.