Garbarino: jornada decisiva para el futuro de los 1.800 trabajadores despedidos

Día D para los empleados de Garbarino. En el marco de la conciliación obligatoria dictada por el Ministerio de Trabajo, el gremio de Comercio y los empresarios se verán las caras. La firma pretende pagar indemnizaciones al 50%.

El ministerio de Trabajo encabezado dictó el pasado viernes una conciliación obligatoria y frenó la sangría de despidos que ya había empezado a comunicar Garbarino.

Esa medida inhibió a la Federación de Comercio, Faecys, de realizar medidas de protestas por este conflicto y al mismo tiempo retrotrajo las cesantías al momento anterior, con la orden de dar tareas con normalidad por 15 días.

Con la conciliación se abrió una mesa de negociación y hoy habrá una cumbre decisiva. A las 17:00 horas las partes se verán las caras y buscarán alguna alternativa a la situación que mantiene en vilo a sus empleados.

Vale recordar que la cadena de electrodomésticos envió este sábado 1.800 telegramas de despido a sus empleados en el marco de un plan de cierre definitivo de sus 105 locales de todo el país.

Telegrama de despido de Garbarino
Telegrama de despido de Garbarino

La particularidad, que alarmó a los trabajadores, fue que argumentó despido por causa de fuerza mayor o disminución del trabajo con lo que abrió el camino para pagar indemnizaciones reducidas al 50%.

Además se plantó respecto del DNU de Alberto Fernández que prohibió los despidos y lo consideró inconstitucional.

El texto de los telegramas

Los telegramas, a los que tuvo acceso InfoGremiales, contienen un largo texto detallando el derrotero comercial de la cadena y argumentando la posibilidad de despedir, a pesar de la prohibición que rige por DNU, y abriendo la puerta a pagar indemnizaciones al 50%.

Garbarino
Protesta frente a Garbarino en Mar del Plata

«En mi carácter de apoderada de la firma Garbarino, me dirijo a usted en relación a la difícil situación económica y financiera que atraviesa la empresa», abre el texto.

«En tal sentido y como es de conocimiento de todos sus trabajadores, esta empresa ha registrado una abrupta caída de las ventas, que empezó a manifestarse a partir de la crisis generada por la pandemia de COVID-19, que continuó durante lo que va del año a partir de lo que se ha dado a denominar la ‘Segunda Ola’ y que se agudizó durante los últimos meses», sigue.

Y agrega: «También es de conocimiento de todos los trabajadores el enorme y continuo esfuerzo realizado por la empresa para intentar pelear y superar la situación, lo que incluyó la presentación administrativa por esta situación ante la autoridad de aplicación -el Ministerio de Trabajo . Secretaría de Trabajo -de un procedimiento preventivo de crisis, como así también la búsqueda de un inversor que inyectara capital, circunstancia que por razones que por razones específicas y particulares no ha tenido andamiaje».

Garbarino alega que «A ello se agrega que, pese a haber realizado el último tiempo todos los intentos posibles por mantener la actividad productiva a través de la venta online, ello no permitió paliar la baja de la rentabilidad causada a partir de las restricciones de circulación, rescisiones de contratos de alquiler, faltantes de mercaderías, entre otras cuestiones; impidiendo mantener la ecuación económica de la Sociedad».

«Lamentablemente la reapertura de las actividades económicas que permitiría normalizar el negocio no tiene la suficiente fuerza para revertir el gravísimo daño causado, pese a los grandes esfuerzos realizados», añade.

Y detalla: «Ante estas circunstancias completamente externas, imprevisibles, en algún caso insuperables – que exceden el riesgo empresario normal y que de ningún modo podrían serles imputadas a la empresa, han subsumido a la misma a una situación de falta de trabajo y de fuerza mayor, por lo que no le queda a esta empresa otra alternativa que notificarle a Ud su despido a partir del día de la fecha por las causales antes mencionadas en los términos del Art 247 de la Ley de Contrato de Trabajo».

Y cierra: «Se deja en este acto desde ya planteada la inconstitucionalidad del DNU 329/2020 y sus sucesivas prórrogas por atentar contra normas de jerarquía superior y violar así los principios y garantías amparados por la Constitución Nacional cercenándose de forma continua los mismos».