La justicia confirmó que las empresas deben retener la cuota sindical a los empleados de los gremios con simple inscripción
El procurador fiscal Víctor Abramovich confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. En consecuencia, hizo lugar al amparo solicitado por el sindicato Asociación del Personal Superior de Autopistas e Infraestructura (APSAl) contra Autopistas del Sol S.A, por la retención de las cuotas sociales por planilla salarial respecto de los afiliados de APSAl y el cese de toda obstaculización al accionar gremial.La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar al amparo presentado por el sindicato APSAI. Ante esa resolución, Autopistas del Sol S.A interpuso recurso extraordinario federal ?el cual fue denegado-, lo que dio lugar a la queja pertinente. Los fundamentos del recurrente radican en "la do...










