Atención: las personas con bajo índice de sobrepeso podrán retornar a sus lugares de trabajo
A través de la Resolución Conjunta 10/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de los ministros de Salud, Ginés González García, y de Trabajo, Claudio Moroni, se establece que "no estarán alcanzados por la suspensión del deber de asistencia" al lugar de tarea los sujetos con Obesidad Grado II (IMC 35,0 ? 39,9 kg/m2).No obstante, la resolución establece que, para que ello suceda, los empleadores "deberán otorgar elementos adecuados para la prevención, protección, limpieza, cuidado y seguridad" de los empleados que cumplan con esa condición, para "disminuir su nivel de exposición al virus".Entre los considerandos, el Gobierno señaló que "las diferentes clases de obesidad tienen características propias que demandan ser reconocidas, abordadas y tratadas de manera diferenciada, ta...










