Los detalles del proyecto de Ley para dotar de derechos a 80 mil trabajadores de plataformas bonaerenses: seguro a cargo de la empresa, acceso a salud, descuentos en materiales de trabajo y paradores seguros

(Por Jorge Duarte @ludistas) Busca dotar de derechos a unos 80 mil trabajadores de plataformas que, se estima, trabajan en la Provincia de Buenos Aires. Se estipula la contratación de un seguro a cargo de la empresa, se propicia una APP para gestionar salud y otros beneficios y se desarrolla un programa para lanzar paradores seguros en los que puedan tener un mínimo de condiciones de aseo y descanso.

La Provincia de Buenos Aires ya tiene el esqueleto de lo que será un proyecto de Ley en el que se «propicia la creación de un plan integral y registro de trabajadores y trabajadoras mediante plataformas digitales». Se trata de una iniciativa que contrasta con la libertaria, incluida en la Reforma Laboral, y que llegará a la legislatura bonaerense en breve.

El proyecto busca dotar de derechos a unos 80 trabajadores de plataformas de reparto. Ese es el número que se estima que son los que cumplen tareas en la Provincia de Buenos Aires de un total de más de 150 mil que hay actualmente en el país.

Entre los fundamentos de la iniciativa a la que pudo acceder InfoGremiales, se habla de ) “Hacer realidad el trabajo decente en la economía de plataformas” y habla de la necesidad de garantizar el adecuado acceso a las condiciones mínimas de trabajo decente.

El borrador en el ART 1°. estipulo «Créase el “Plan integral para el Trabajo mediante plataformas digitales”, destinado a generar acciones que brinden el acceso a servicios, información y demás beneficios necesarios para el desempeño de las funciones de las y los trabajadores que desarrollan sus tareas organizadas o mediadas por plataformas digitales, cualquiera sea la forma jurídica de su vinculación contractual o asociativa».

Mientras que en el ARTÍCULO 2°. define que «Quedan comprendidos por la presente las personas humanas trabajadoras y trabajadores mediante plataformas digitales empleadas o contratadas para realizar tareas en un servicio total o parcialmente organizado o mediado por plataformas digitales de trabajo. Asimismo, se define como «plataforma de trabajo» como cualquier forma organizativa que, por medio de sistemas automatizados o digitales, organiza, promueve, facilita o media en la realización de un trabajo humano para la prestación de un servicio, en el ámbito geográfico de la Provincia de Buenos Aires».

Los detalles del proyecto de Ley para dotar de derechos a 80 mil trabajadores de plataformas bonaerenses: seguro a cargo de la empresa, acceso a salud, descuentos en materiales de trabajo y paradores seguros

Además dispone la creación del “Registro de Trabajo Mediante Plataformas Digitales”, en el ámbito del Ministerio de Trabajo y «la elaboración e implementación de una aplicación móvil, en adelante “APP” a fin de mejorar el acceso de las y los trabajadores a los servicios de seguridad, emergencias y otros servicios vinculados a la actividad».

El Proyecto ordena que las «tiendas invisibles» tengan que contar con paradores habilitados en sus centros de operación, depósitos o locales; Asegurar que dichos espacios cumplan con las condiciones mínimas para el descanso,  higiene y seguridad; Permitir el acceso a los paradores a las trabajadoras y  los trabajadores mediante plataformas que desarrollen tareas vinculadas a su actividad.

En el texto se detalla que «se entiende por Paradores aquellos espacios físicos habilitados en lugares públicos o privados, destinados a garantizar a las trabajadoras y los trabajadores que desarrollan tareas mediante plataformas digitales: Descanso adecuado durante la jornada laboral; Aseo e higiene personal, incluyendo sanitarios y espacios de lavado; Resguardo seguro de objetos personales y herramientas de trabajo; Acceso a agua potable en condiciones dignas».

Para contrastar con la iniciativa libertaria, la Provincia propone que «Las empresas de plataformas que organicen o intermedien tareas de reparto, retiro, traslado y/o entrega de bienes, realizadas en la vía pública por las y los trabajadores, tendrán la obligación de contratar a su exclusivo cargo y costo un seguro de accidentes personales que brinde cobertura integral por los riesgos derivados de la actividad».

Por último se habla de la creación de una APP que entre otras funciones disponga de un «botón de acceso a emergencias» y de un «botón de aviso de aviso rápido de seguridad».