Para los laboralistas, el protocolo es inconstitucional

Con un texto de dos páginas, los profesionales agrupados en la Asociación de Abogados Laboralistas (AAL) puntualizan la insostenibilidad y las contradicciones legales de Protocolo de Actuación de Fuerzas de Seguridad en Manifestaciones Públicas, sin dejar de advertir su intencionalidad política.

Según los letrados, la ofensiva de Patricia Bullrich “realiza una interpretación regresiva del controvertido art. 194 del Código Penal (delitos contra el funcionamiento del transporte) propiciando su aplicación inmediata a todos los casos de manifestaciones pública. Ello importa una clara criminalización de la protesta social y del derecho de huelga que violenta principios y garantías fundamentales para el progreso social y la defensa de derechos humanos esenciales.»

A lo cual agregan: «De más está decir que ninguna conducta tipificada resulta punible cuando existe otra norma que autoriza su realización, como es en éstos casos en donde derechos tales como de reunión, peticionar a las autoridades, de protesta, de huelga, de asociación y de libre organización sindical, se encuentran reconocidos por la Constitución Nacional, Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos con igual jerarquía, demás Tratados con jerarquía supralegal y leyes nacionales”.

Además, al “considerar a todos los casos de manifestación pública como incursos en el tipo previsto en el art. 194 del Código Penal, permitiendo así su inmediata represión como si se trataran de delincuentes sorprendidos in fraganti”, lo que hacen es violar “las reglas del debido proceso y garantías básicas fundamentales que hacen a la libertad de las personas”.

También encienden las señales de alarma al notar la ausencia de prohibición de armas de fuego y la delegación del uso protocolar de las mismas en la cada jurisdicción.

Como si fuera poco, señalan una extorsión más. “También se observa un intento de judicializar y responsabilizar a las organizaciones sindicales y sus representantes por los daños que se puedan producir en ocasión de una manifestación, dando por hecho esa responsabilidad sin la debida comprobación fáctica y jurídica de la misma”.

Por último, en coincidencia con el Sindicato de Prensa de Buenos Aires, rechazan la disposición a ubicar a su antojo a los trabajadores de prensa durante las protestas (ver nota aparte). En sus términos: “el protocolo faculta a las fuerzas de seguridad a establecer el lugar en el cual podrán ubicarse los periodistas y comunicadores durante el operativo con el pretexto de asegurar así la integridad física de los mismos”, lo cual entienden los abogados que “se trata de una evidente limitación de la actividad periodística y comunicacional contraria a los principios republicanos de gobierno que impiden a la ciudadanía acceder a la información y evaluar la actuación de las fuerzas de seguridad en esos operativos”.