Monotributo social: Proyecto enviado por el Ejecutivo propone un «puente de inclusión» para trabajadores informales

El Poder Ejecutivo envió hoy a la Cámara de Diputados un proyecto de reforma de la ley del Monotributo que tiene beneficios fiscales para las categorías mas bajas, permite a la AFIP dar tratamiento preferencial para determinados sectores y crea un «puente de inclusión» para incorporar a los trabajadores informales.

La iniciativa apunta esencialmente a comprender a emprendedores y empleados informales, para que tengan una alternativa para ingresar en el circuito formal de la economía.

El proyecto fue girado anoche por el Gobierno nacional y lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y el ministro de Economía, Martín Guzmán.

Según fuentes legislativas, esta iniciativa será uno de los temas incluidos en la agenda de sesiones extraordinarias que serán convocadas para enero o febrero próximo, si bien lo más probable es que la actividad se reanude durante el segundo mes del nuevo año.

El proyecto crea un «Puente de Inclusión al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes» que contempla beneficios por cuatro años que disminuyen a partir de los dos años y al quinto se ingresa al régimen normal de monotributo, especifica uno de los artículos del proyecto.

Los beneficiarios de la misma serán las personas que se encuentren en la informalidad, los que recién inicien una actividad económica, entre otras cuestiones.

También comprenderá a las personas inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social o que estén amparados por el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.

Además abarcará a los contribuyentes que no registran actividad económica en los últimos cinco años calendarios.

De acuerdo al proyecto, los inscriptos en las categorías A, B y C estarán exentos de pagar el impuesto integrado.

En material previsional no deberán abonar durante los primeros dos años la tasa correspondientes, mientras que a partir del mes 25 hasta el 48 el monto que deberán aportar será equivalente al 50 por ciento del aporte jubilatorio.

En el caso de las categorías D y Superiores no pagarán el impuesto integrado en los primeros 24 meses y desde allí hasta el mes 36 deberán abonar el 50 por ciento y luego hasta los cuatro años el 75 por ciento del impuesto.

En cuanto al componente previsional estarán exentos en el primer año y desde el mes 13 al mes 24: abonan el 25 % de aporte; desde allí hasta los tres años abonan el 50 por ciento del aporte y a partir de allí el 75 % de aporte.

Además, el proyecto de ley permite que la AFIP otorgue tratamientos preferenciales a determinados grupos que cuya actividad se busque formalizar.