Ley Ómnibus: Milei elimina el derecho a peticionar y busca hasta 6 años de prisión a quienes convoquen una manifestación que corte el tránsito

El Gobierno envió al Congreso de la Nación la «Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos» donde, entre sus 664 artículos, dispone una fuerte criminalización de la protesta gremial y social. Propone penas de prisión efectiva para quienes encaren una medida que impida el funcionamiento del transporte. Incluso si no estuvieran presentes.

La normativa trata entre los artículos 326 a 341 una serie de reformas estructurales que criminalizan la protesta social y sindical. Se tratan de definiciones que impide el ejercicio del derecho a peticionar y lo reprime con prisión efectiva.

Entre sus puntos más duros enmarca en la «Seguridad Interior» a quienes organicen manifestaciones y propone modificaciones al Código Penal para sancionarlos con prisión efectiva. Incluso en el caso de que no estén presentes en el lugar.

En el Artículo 194 se lee: «El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de uno (1) a tres (3) años y seis (6) meses».

Ley Ómnibus: Criminalización de la protesta y hasta 6 años de prisión por convocar a una manifestación que corte el tránsito

Además expresa que «Si se impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o medios de transporte público portando un arma propia, impropia, se causare daño a la integridad física de las personas, la pena será de dos (2) a cuatro (4) años de prisión, siempre que no constituyere un delito más severamente penado».

Para los dirigentes impone: «Quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe».

También dispone: «Le corresponderá pena de prisión o reclusión de tres (3) a seis (6) años a quienes mediante intimidación, simulando autoridad pública o falsa orden de la autoridad, bajo promesa de remuneración o bajo amenaza de quita o de asignación de un beneficio, plan, subsidio de cualquier índole, obliguen a otro a asistir, permanecer o alejarse de una movilización o protesta».