La Legislatura porteña aprobó hoy la Ley que regula las aplicaciones de delivery, que establece, entre otras cosas, que los repartidores deben estar habilitados y contar con seguros laborales, al tiempo que prohíbe el sistema de incentivo y castigo a los trabajadores.
«La ley probada por la Legislatura está concebida para perseguir y precarizar a los trabajadores, y desregular a las empresas. El proyecto fue mejorado y se quitaron algunos requisitos discriminatorios» señaló Roger Rojas, Secretario General de la Asociación de Personal de Plataformas.
La norma define «tres actores clave con responsabilidades, obligaciones y sanciones definidas: el prestador de servicio -empresa tradicional que comercializa un servicio-, los repartidores y mensajeros y las aplicaciones -como intermediarias del proceso-«.
Al definir a las aplicaciones como «intermediarias», la Ley recibió críticas desde la Asociación de Personal de Plataformas (APP), que hoy sostuvo en un comunicado que «el proyecto aprobado habilita a las empresas de plataformas como intermediarias de oferta y demanda y las exime del cumplimiento de toda normativa laboral y tributaria«.
Respecto a las plataformas y a los prestadores de servicio, el proyecto original incorporó algunas propuestas del bloque opositor del Frente de Todos (FdT) producto del diálogo con las organizaciones de trabajadores, entre ellas obligar a las empresas a que garanticen a los trabajadores los elementos básicos para su seguridad vial y sanitaria y, también, la obligación de contratar, a su exclusivo cargo, seguro de vida, responsabilidad civil y de accidentes personales para los repartidores.
«Reconocemos la predisposición del bloque oficialista para modificar el proyecto original», dijo el diputado Santiago Roberto (FdT) a Télam.
Sin embargo, agregó que «hoy las apps son el canal de venta más utilizado por los comercios, y los comerciantes pagan comisiones de hasta un 35% sobre cada venta, las que son estipuladas unilateralmente por las empresas de delivery. En vista de estos abusos es que proponemos un tope máximo del 15% (…) Si bien se han incorporado cambios, no acompañamos este proyecto porque aún no están garantizados en su plenitud los derechos de los trabajadores, los comerciantes y los usuarios».
En otro punto, la ley establece que el servicio de mensajería o reparto a domicilio «puede ser prestado por personas humanas o jurídicas siempre que cuenten con la correspondiente habilitación».
Para obtener dicha habilitación, los repartidores deberán estar inscriptos en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y en la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), y acreditar «no poseer infracciones de tránsito».
«Nos quieren exigir que pidamos un permiso de trabajo para poder hacer nuestra tarea. Vamos a recurrir a la justicia para que se declare la inconstitucionalidad de este requisito absurdo y discriminatorio», advirtió Rojas.
La ley fue aprobada con 39 votos a favor, 4 en contra y 17 abstenciones, correspondiendo estas últimas al bloque del FdT.
<blockquote class=»twitter-tweet»><p lang=»es» dir=»ltr»>?SOBRE EL PROYECTO DE DESREGULACIÓN DE LAS APLICACIONES DE DELIVERY EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES??Una ley para perseguir a los repartidores y esconder a las empresas de plataforma detrás de las mensajerías. <a href=»https://t.co/boybNbVTAH»>pic.twitter.com/boybNbVTAH</a></p>— AppSindical (@AppSindical) <a href=»https://twitter.com/AppSindical/status/1283045762398597123?ref_src=twsrc%5Etfw»>July 14, 2020</a></blockquote> <script async src=»https://platform.twitter.com/widgets.js» charset=»utf-8″></script>
