La Corte limitó el derecho de huelga y las CTA lo calificaron como un ataque a los trabajadores
La Corte Suprema de Justicia emitió ayer un fallo trascendente en materia labroal. Es que limitó el derecho de huelga al pronunciarse enuna causa por el despido de un empleado en el Correo Oficial de la República Argentina por haber participado en la convocatoria y realización de medidas de fuerza que "no contaron con el aval de ninguno de los sindicatos que representaban al personal", informó el Centro de Información Judicial.
La Corte, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, resolvió que no son "legítimas" las medidas de fuerza promovidas por grupos informales, ya que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y las normas internacionales sobre derechos humanos solamente le reconocen el derecho de declarar una huelga a los s...









