El Gobierno afina el lápiz y oficializa restricciones para las empresas que acceden al ATP
El Gobierno nacional oficializó hoy el detalle de las restricciones operatorias impuestas a las empresas que accedan al beneficio del Salario Complementario, contemplado en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).Lo hizo a través de la Decisión Administrativa 963/2020 del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP, publicada hoy en el Boletín Oficial, junto con el Acta 13 emitida por este cuerpo.Con plazos que van de 12 a 24 meses según el caso, las empresas no podrán distribuir utilidades por los períodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019; recomprar sus acciones directa o indirectamente; ni adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior.Tampoco podrán realiza...










