#DocumentoExclusivo InfoGremiales accedió a al borrador de la Reforma Laboral que impulsará el Gobierno nacional post elecciones del 26 de octubre

(Por Pablo Maradei) La normativa laboral libertaria contiene 80 artículos extensos. Replica en muchos casos que conformaban el capítulo IV del DNU 70, frenado en la Justicia y a la espera del fallo de la Corte. También reflota el DNU 342, otra iniciativa tabicada por la Justicia. Debilita el poder sindical.

El Gobierno tiene en carpeta las tres reformas medulares que quiere impulsar más allá de cómo quede el tablero parlamentario tras los comicios del 26 de octubre; aunque si le es favorable tendrá mayor margen para convertirlas en ley, lo que se ve complejo cualquiera sea el escenario. Ellas son la reforma laboral, tributaria y previsional.

InfoGremiales accedió a un primer análisis macro sobre ciertos puntos que reflota el Ejecutivo nacional. Dice la fuente que ya tiene en su poder la normativa completa: «No es nuevo viniendo de este Gobierno, pero vale la pena repetirlo: a nivel macro el sesgo pro-patronal que tiene la Ley de Reforma Laboral indica lo desequilibrado que está el péndulo en pos del sector empresario la mirada del Gobierno».

– Por ejemplo: «Los sindicatos deben acatar la conciliación obligatoria levantando la medida de fuerza o de acción directa; sin embargo, cuando habla de las obligaciones de la parte empresaria no tiene la obligación de retrotraer los hechos previo a los sucesos que llevaron al conflicto«. Detalla: «Supongamos que una empresa despide a 20 trabajadores y el sindicato va a la huelga; bueno, si se dicta la conciliación obligatoria, el sindicato está obligado a acatarla -sino tendrá sanciones como ocurre actualmente- y levantar la medida pero el empresario mantiene la vigencia de los despidos». Cierra: «Esto desequilibra la ley de Conciliación Obligatoria e implica, o implicaba si esto se aprueba, obligaciones para ambas partes». 

– Aporta otro ejemplo: «Respecto a los trabajadores de plataforma, en esta norma regulan algunas cosas y en ese sentido alguien podría decir que es un avance. Pero la figura con la que los denomina es la de repartidores independientes; es decir que no admite la relación laboral ni de dependencia entre la plataforma y el trabajador. Esto es claramente distinto a lo que viene pasando en otros países como España o México donde están regulados porque lo primero que se hace es hacer emerger a la patronal para visibilizar y poder vincular la relación laboral».

– El DNU 70, frenado en la Justicia, buscaba ponerle límite a la ultraactividad; «ahora la suprimen«. Pero ¿Qué es la ultraactividad? En su artículo 6, la ley 14.250 de convenciones colectivas de trabajo fija que «si una convención colectiva de trabajo, cuyo término estuviere vencido, mantendrá la plena vigencia de todas sus cláusulas hasta que una nueva convención colectiva la sustituya, salvo que en la convención colectiva vencida se hubiese acordado lo contrario. Las partes podrán establecer diferentes plazos de vigencia de las cláusulas convencionales». Es decir que si vence el convenio, cae. Ahora lo sustituyen por este:

#DocumentoExclusivo InfoGremiales accedió a al borrador de la Reforma Laboral que impulsará el Gobierno nacional post elecciones del 26 de octubre

– «Respecto a la representación sindical proponen que puede haber delegados en empresas que empleen a más de 50 trabajadores (entre 50 y 100 un solo delegado, por ejemplo; o de 101 a 200 son solo 2) cuando hoy la norma es a partir de 10 trabajadores; esto es una restricción importante si tenemos en cuenta cómo está compuesto el universo de empresas en Argentina». Cierra: «Es una limitación importantísima a la acción sindical». 

#DocumentoExclusivo InfoGremiales accedió a al borrador de la Reforma Laboral que impulsará el Gobierno nacional post elecciones del 26 de octubre

Según datos del Indec disponibles de 2023 y 2024, en Argentina operaban 527.000 Pymes de 537.678 empresas registradas; es decir que las Pymes representan el 99,3% de todas las empresas empleadoras del país y generan la mayor parte de empleo. Desde diciembre de 2023 cerraron 15.000 Pymes. 

– Vuelven a insistir con la reglamentación del derecho de huelga que replica el DNU 342 que está frenado por la Justicia.

– Ahora la norma  propone que la empresa que actúe como agente de retención de los aportes de los trabajadores solamente van a tener la obligación de retener a aquellos que estén afiliados. Solo les retendrán a aquellos que lo soliciten. 

– Otro punto no menor es que suprimen un tema de procedimiento judicial: actualmente las causas se impulsan de oficio por el propio juzgado; ahora solamente será como los juicios civiles que se impulsan por las partes lo que es más complicado para los trabajadores.