La Justicia hizo lugar al amparo presentado por la CGT, suspendió artículos del Decreto 340 y le dio la competencia al fuero laboral

La jueza Moira Fullana admitió la medida cautelar pedida por la CGT y frenó parcialmente el decreto del Ejecutivo nacional por afectar la libertad sindical. Además, ratificó que el fuero laboral es competente, dada la naturaleza de los derechos en juego, ligados al derecho colectivo del trabajo.

La Justicia Nacional del Trabajo hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) y ordenó la suspensión provisoria de los artículos 2° y 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/25, dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, por considerar que afecta derechos protegidos por la Constitución Nacional y tratados internacionales.

Los mencionados artículos refieren a la declaración de esencialidad de la navegación por agua marítima y/o fluvial destinada al transporte comercial y el 3° busca modificar la Ley N° 25.877 declarando esencial prácticamente a todas las actividades laborales y restringiendo severamente el derecho a huelga.

La resolución fue dictada por la jueza Moira Fullana, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 3, en el marco del expediente «CGT c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ Acción de Amparo» (Expte. N° 19024/2025). El amparo fue presentado por la central obrera por entender que el DNU vulnera el derecho a la libertad sindical y al ejercicio de huelga, consagrados en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y en convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a los que Argentina adhirió.

La magistrada sostuvo que, al encontrarse en funcionamiento el Congreso Nacional al momento del dictado del DNU, no se cumplen los requisitos de necesidad y urgencia que justificarían la utilización de esta herramienta excepcional por parte del Ejecutivo. Además, consideró verosímil el derecho invocado por la CGT y el riesgo de daño irreparable, elementos necesarios para hacer lugar a la medida cautelar.

“Se encuentran reunidos los recaudos exigidos por la ley para proceder con la suspensión cautelar”, afirma la resolución, que no afecta de manera general al DNU, sino específicamente a los artículos que, según la CGT, restringen derechos sindicales y laborales, en el ámbito de sus representados.

En paralelo, la jueza rechazó un planteo de incompetencia presentado por el Gobierno Nacional, que buscaba derivar la causa al fuero contencioso-administrativo. Fullana ratificó que el fuero laboral es competente, dada la naturaleza de los derechos en juego, ligados al derecho colectivo del trabajo.

El fallo también aclara que la suspensión cautelar no implica adelantar opinión sobre el fondo de la cuestión, la cual será analizada cuando se dicte sentencia definitiva.

Esta decisión judicial se suma a otros antecedentes en los que la Justicia del Trabajo reconoció la legitimidad de las asociaciones sindicales para accionar ante medidas del Ejecutivo consideradas lesivas de derechos laborales como ocurrió con el llamado mega DNU 70/23.