El gobierno podrá disponer aumentos salariales «mínimos» por decreto

El proyecto de ley de emergencia faculta al Poder Ejecutivo a disponer aumentos salariales para los trabajadores del sector privado por decreto.

Así lo contempla el artículo 54 de la iniciativa remitida hoy al Congreso Nacional que indica taxativamente: «Disponer en forma obligatoria que los empleadores del sector privado abonen a sus trabajadores incrementos salariales mínimos».

De esta forma se piensa en incrementos de base por decreto sobre los cuales los gremios y empleadores deberán debatir en paritarias. Una especie de piso sobre el cual comenzar las conversaciones.

Al mismo tiempo, faculta al PEN a eximir «temporalmente» de los aportes y contribuciones patronales, por el pago de esas remuneraciones.

De la misma manera, el gobierno podrá reducir los aportes y contribuciones previsionales en los casos de «jurisdicciones y actividades específicas o en situaciones críticas».