
La Sala VII de la Cámara convalidó también el plazo de 30 días que se le concedió al Ministerio de Producción y Trabajo, que comanda Dante Sica, para cumplir con esa sentencia.
La entidad gremial inició la demanda porque, según expuso, en los términos de la Ley de Asociaciones Sindicales, la cartera laboral demoró más allá de un plazo «razonable», el pedido formulado mediante el expediente administrativo iniciado en 2013, para que se le conceda la personería gremial.
«Es indudable que la demandada se encuentra en mora en el cumplimiento de los plazos para la tramitación de la inscripción de la personería reclamada por la entidad demandante de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la ley 23.551», sostuvo la sentencia de primera instancia.
El Ministerio había argumentado la «dificultad de la tramitación» del expediente administrativo y el extravío de esa documentación.
El tribunal desestimó que la demandada utilizara la excusa del extravío del expediente «como si ello no le incumbiera» y que pretendiera «descargar» en la entidad los perjuicios causados por «su propia torpeza», pues «a nadie más que a ella le compete la guardia y control» de esa documentación.