La Justicia da siete días para que OIL consiga nuevos dueños y evite la quiebra

A pesar de que los interventores de la empresa y la AFIP reclaman al juez de la causa que decrete la urgente quiebra de Oil Combustibles S.A. (OCSA), Javier Cosentino eligió darle 7 días más de oxígeno a la petrolera.

El titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 5, optó por permitir el uso del mecanismo de cram down para la búsqueda de un nuevo dueño de la compañía actualmente controlada por un triunvirato formado por funcionarios judiciales.

Lo hizo mediante un fallo en el cual da por finalizado el período de exclusividad solicitado por los anteriores administradores de Oil, el fondo OP Investments, y dispone la apertura de un registro por el término de siete días, en el cual deberán inscribirse los posibles interesados en comprar la petrolera que tiene sede en la localidad santafesina de San Lorenzo.

Se trata de la última carta que tiene Oil para sobrevivir y evitar la quiebra, tan reclamada -y en especial- por la AFIP, que busca cobrar una deuda cercana a los $17.000 millones.

Sin embargo, el salvataje de Oil Combustibles y de sus 400 trabajadores, no será una tarea sencilla. Los eventuales interesados deberán demostrar capacidad técnica adecuada mediante la presentación de antecedentes suficientes para la comercialización y producción de combustibles y derivados, contar con solvencia financiera, capital de trabajo suficiente para el desarrollo de la actividad de modo de asegurar el normal desenvolvimiento de la empresa y el pago de obligaciones previsionales e impositivas.

También tendrán que hacerse cargo del pago de la deuda preconcursal que solamente en el caso de la AFIP suma $17.000 millones, y también de la generada luego de la apertura del concurso preventivo de acreedores, que suma otros $1.500 millones.

Cosentino obliga además a los interesados a presentar un plan de negocios para reflotar las operaciones de Oil Combustibles, de su refinería mediante la presencia de equipo de profesionales adecuado y un proyecto técnico y financiero preciso al efecto. También se refiere a la necesidad de recuperar las tareas de la terminal portuaria «demostrando capacidad técnica para operar el puerto y sus instalaciones, y para llevar adelante operaciones complejas y delicadas de carga y descarga de buques, en donde no es admisible la imprecisión ni la inexperiencia».

 

El fallo busca permitir la reorganización de la empresa sin liquidación manteniéndola en actividad en el mercado, «situación que resulta de toda conveniencia en tanto se protegen las fuentes de trabajo, se continúa con la oferta de bienes y servicios atinentes al giro propio empresarial con todos los beneficios directos e indirectos que acarrea ello para la sociedad en general y para el Estado, e incluso se beneficia a los acreedores, quienes en mayor o menor medida suelen ver frustrado el cobro de sus créditos en la quiebra».

Ahora, habrá que esperar la presentación de los supuestos interesados en adquirir la compañía que presenta un escenario complicado, de fuerte endeudamiento, paralización de sus actividades, falta de fondos para incluso hacer frente al pago de salarios y hasta para sostener las pocas actividades que hoy realiza.