La Corte le hace otro guiño a Macri y revoca una indemnización por «desproporcionada»

La decisión de la Corte, en línea con el discurso oficial de limitar la «industria del juicio», cuestionó un fallo de un tribunal de segunda instancia que triplicó «sin fundamentación o cálculo válido» el monto del resarcimiento.

El fallo, que lleva las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Carlos Rosenkrantz, revocó el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y remitió el expediente nuevamente a ese tribunal para que dicte un nuevo pronunciamiento de acuerdo con los lineamientos indicados por la Corte.

Al argumentar su decisión, el máximo tribunal aceptó que en el fallo de la Cámara hubo «arbitrariedad» al no haber estado «debidamente fundado», y afirmó que esa situación se verificó al «fijar dogmáticamente la indemnización sin proporcionar ningún tipo de fundamentación o cálculo que le otorgue sustento válido».

El caso refiere a una empleada que trabajó como contadora de billetes para la transportadora de caudales Brink’s Argentina desde mayo de 2008 hasta febrero de 2011, y que después de ser despedida sin causa promovió un juicio laboral contra la empresa y contra Swiss Medical ART -continuadora de Liberty ART- reclamando una indemnización de 482.112 pesos.

El Centro de Información Judicial (CIJ) que difundió el caso precisó que pese a que durante el juicio se comprobó con el examen médico que la trabajadora solo había sufrido una leve lesión en sus muñecas (tendinitis) que le provocaba una incapacidad física del 7,32 por ciento, el fallo de la Sala III sostuvo que de esa lesión se derivaba también una incapacidad psíquica del 10 por ciento.

En consecuencia, el fallo firmado por la jueza Diana Cañal y al que adhirió el juez Néstor Rodríguez Brunengo, resolvió que la empresa y su ART debían pagar una indemnización por daño material y moral de 1.150.000 pesos, suma a la que añadió otro monto más elevado en concepto de intereses, lo que llevó la condena a un total de 4 millones de pesos.

Al revocar el fallo, la Corte señaló que los jueces de la Cámara fijaron la indemnización en una suma cercana al triple del importe estimado por la propia trabajadora apoyándose en pautas sumamente genéricas “que no permiten verificar cuáles han sido los fundamentos o el método seguido para establecerla”.

Esta es la segunda vez en tres meses que la Corte revoca un fallo de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. La primera fue el 4 de julio pasado, cuando revocó una sentencia que eximía al trabajador de pagar los gastos generados por el juicio laboral que había perdido por su culpa.

En tanto, el 12 de septiembre, la Corte dejó sin efecto un fallo de otra de las salas de la misma cámara, en este caso la VII, bajo el argumento de que los jueces habían incrementado a su arbitrio el importe de la indemnización por accidente laboral sin tomar en cuenta las disposiciones de la Ley de Riesgos del Trabajo.