La justicia ahora dice que la prohibición de despidos no alcanza a los períodos de prueba
"La estabilidad reforzada otorgada por el DNU 329/20, dictado el 31 de marzo último y prorrogado por los DNU 487/20 y 624/20, no había sido adquirida por el Señor M.", quien, por haber ingresado el 21 de enero de 2020 y egresado el 1 de abril, "no llegó a cumplir el plazo señalado", entendió el Tribunal.En su resolución, los camaristas María González y Luis Catardo sostuvieron que la medida cautelar solicitada por M. "no tiende a mantener la situación existente, sino a alterar el estado de hecho o de derecho vigente".Con esos fundamentos, los jueces revocaron lo decidido en primera instancia "sin que ello implique sentar posición" acerca de lo que corresponda decidir mediante sentencia definitiva.Fuentes judiciales relataron que en el fallo de primera instancia, favorable al trabajador, se...